Entrar en un país extranjero como turista es algo que ya tenemos normalizado, ¿verdad? Sin embargo, cada nación cuenta con sus propias normas, límites y prohibiciones. Es nuestra responsabilidad conocerlas para evitar problemas y confusiones. Por ello, os traemos un compendio de preguntas frecuentes sobre la aduana de Cuba que necesitas conocer.
Una de las principales cuestiones que hemos de controlar es la cantidad de dinero efectivo que podemos llevar encima nuestro o los valores que se pueden importar y exportar. Según informa la Aduana General de la República, la cantidad de moneda libremente convertible (MLC) que pueden introducir personas naturales es libre. Esto es independiente de que estemos hablando de efectivo o cheques. Sin embargo, si la cantidad es superior a 5.000 USD (o su equivalente), han de ser declarados previamente.
Del mismo modo, a la salida del país, se pueden exportar hasta esos 5.000 dólares o su equivalente. Si se deseara sobrepasar esa cantidad, se necesita una autorización expresa del Presidente del Banco Central de Cuba o un documento que confirme la lícita importación. Además, está totalmente prohibido la exportación de peso convertible (CUC).
Más preguntas frecuentes sobre la aduana de Cuba: ¿Qué son los efectos personales? Una pregunta muy socorrida a la hora de entrar en el país. Se refiere, básicamente, a todos aquellos artículos nuevos o usados que el turista pueda necesitar para su uso personal durante su estancia en el país. Quedan excluidas aquellas mercancías que cuenten con un fin comercial.
Ahora bien, ¿qué significa o qué se entiende por carácter comercial? Según la autoridad aduanera, se determinan como carácter comercial a las importaciones que realizan personas naturales cuya cantidad del mismo artículo, producto o miscelánea así lo indican. Así como también aquellas que se reiteran en varias ocasiones.
Otra de las grandes preguntas frecuentes sobre la aduana de Cuba tiene que ver con los medicamentos. Todos los pasajeros que lleguen a la isla cuentan con un límite de 10 kg de medicamentos, siempre que lleguen en sus envases originales y no estén expresamente prohibidos.
¿Y qué hay de la comida? En último lugar, los alimentos. Están incluidos en la categoría de misceláneas y cuentan a efectos de la valoración total de los artículos importados del viajero. Además, están sujetos a la inspección y control por parte de las autoridades sanitarias.